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¿Cuál es la retención máxima de IRPF que se puede aplicar en la nomina? Hacienda pone un tope

¿Cuál es la retención máxima de IRPF que se puede aplicar en la nomina?  Hacienda pone un tope

Hacienda fija en el 47% el tope máximo de retención en nomina.

La retención máxima en nomina del Impuesto es la Rentas de las Personas Físicas (IRPF) que puede solicitar un trabajador es el 47%. Así lo ha determinado la Dirección General de Tributos (DGT) en una reciente consulta vinculante.

La DGT subraya que “el tipo de retención será el resultado de multiplicar por 100 el cociente obtenido al dividir el monto de la retención por el monto total de las retribuciones a que se refiere el artículo 88 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, y se expresará con dos decimales». Así, en ningún caso, cuando se produzcan regularizaciones, el nuevo tipo de retención aplicable podrá ser superior al 47%.

«El tipo del 47 % se constituye en el tipo normativo máximo de retención qu’opera a efectos del cálculo de la retención sobrio los rendimientos del trabajo afectados por el procedimiento general, tipo normativo que opera como referencia de l’porcentaje máximo de retención que se puede solicitar a efectos de la petición de un tipo de retención superior al procedente», dice.

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